Propone la diputada Yanelly Hernández Martínez crear
la Unidad Técnica de Consultas del Congreso del Estado
La diputada Yanelly Hernández Martínez presentó este jueves una iniciativa con proyecto de Decreto para crear la Unidad Técnica de Consultas del Congreso del Estado.
La iniciativa, de aprobarse, reformará diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guerrero número 231, misma que fue enviada a la Comisión de Estudios Jurídicos y Constitucionales para su correpondiente dictamen.
Hernández Martínez refiere en su exposición de motivos, que el Congreso del Estado está pasando por un proceso de cumplimiento de diversas resoluciones emitidas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación contenidas en acciones de inconstitucionalidad contra decretos aprobados por este Poder Legislativo, donde se ha considerado que existen inconsistencias en la realización de consultas a los pueblos y comunidades indígenas.
Por lo que expone, “surge la necesidad de contar con un área Técnica que coordine y desarrolle los procesos de consulta que le correspondan a este Congreso del Estado”.
La Unidad Técnica de Consultas, la cual tendrá entre otras funciones y atribuciones deberá:
a) Aplicar y cumplir con lo establecido en el Protocolo con pleno apego a las resoluciones emitidas por las Suprema Corte de Justicia de la Nación;
b) Ejercer funciones de oficialía en todos los documentos relacionados con las consultas;
c) Emitir, lineamientos, opiniones y recomendaciones respecto al proceso de consulta;
d) Proponer los documentos que deberán utilizarse durante el desarrollo de las consultas;
e) Rendir informes de sus actividades;
f) Llevar la sistematización de la información generada de las consultas;
g) Resguardar y respaldar las evidencias del proceso de consulta en medios digitales, así como videograbaciones, fotografías y demás medios electrónicos de verificación de la consulta;
h) Llevar un control de los documentos y archivos que conforman los procesos de consulta;
i) Realizar en el proceso de entrega-recepción de la información generada con motivo del desempeño de sus funciones en los cambios de titular;
j) Emitir opiniones y recomendaciones a las Comisiones Legislativas que, por asuntos de su competencia, requieran ser objeto de un proceso de consulta a los pueblos y comunidades indígenas;
k) Emitir criterios respecto de los procesos de consulta que el Congreso del Estado deba realizar;
l) Ser una unidad de apoyo técnico, asesoría y coordinación en materia de consultas;
m) Todas aquellas que por acuerdo y delegación del Pleno le sean conferidas;
En otro aspecto, la Unidad Técnica de Consultas, será el área técnica de apoyo, asesoría y coordinación de las Consultas con que cuente el Congreso del Estado para el cumplimiento de sus atribuciones legislativas.
En la exposición de motivos señala que la Unidad Técnica de Consultas no será un área de creación transitoria, sino un área técnica permanente, debido a que el propio progreso y actualización del marco legislativo para la población indígena y afromexicana, será constante.
Cuya actuación deberá ser apegada al marco legal e internacional que regula el proceso de consulta, así como las resoluciones emitidas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la jurisprudencia, criterios y precedentes relacionados con este proceso.