Ordena el TEEGRO al Consejo Nacional del PAN emitir una nueva sentencia por omisión El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Guerrero (TEEGRO)
Otorgó un plazo de diez días hábiles contados a partir de la notificación de la presente sentencia a la Comisión de Justicia del Consejo Nacional del Partido Acción Nacional, para que emita una nueva resolución en el Recurso de Reclamación interpuesta por el ciudadano Bruno Calixto Ríos.
De acuerdo al proyecto TEE/JEC/020/2023 propuesto por la Magistrada Evelyn Rodríguez Xinol y aprobado por unanimidad de votos del Pleno, se declaró fundado el JEC, interpuesto por el ciudadano Bruno Calixto Ríos Díaz ante la omisión del Comisión de Justicia del Consejo Nacional del Partido Acción Nacional de resolver el recurso de reclamación número CJ/REC/035/2022, por la omisión del Presidente y Tesorero del Comité Directivo Estatal del PAN, de pagar en tiempo y forma las prerrogativas del financiamiento público por el cargo de presidente del Comité Directivo Municipal del citado partido político en Coyuca de Benítez, Guerrero, infringiendo con ello sus derechos de militancia partidista en su vertiente del desempeño del cargo por el que fue electo, queja que fue radicada por la responsable bajo el número de expediente CJ/REC/035/2022.
En virtud de ello se apercibe a la Comisión de Justicia del Consejo Nacional del Partido Acción Nacional, que, en caso de que incumplimiento a lo ordenado en la presente resolución, se le impondrá alguno de los medios de apremios previstos por el artículo 37 y 38 de la Ley de medios de impugnación.
Revoca el TEEGRO acuerdo de la CNHJ de Morena
En la Séptima Sesión Publica de Resolución que se realizó de manera presencial en la Sala de Plenos de este Órgano Jurisdiccional, el Magistrado y las Magistradas determinaron revocar el acuerdo de desechamiento de fecha diecisiete de febrero de dos mil veintitrés, emitido por la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia del Partido Morena (CNHJ de Morena), en el Procedimiento Sancionador Ordinario número CNHJ-GRO-007/2023.
De acuerdo al proyecto presentado por la Magistrada Alma Delia Eugenio Alcaraz y aprobado por unanimidad de votos, se declararon fundados los agravios promovidos por la ciudadana Graciela Ortiz Flores y otras, en contra del acuerdo CNHJ-GRO-007/2023, en virtud de que CNHJ de Morena cometió violación al principio de tutela judicial efectiva, al no considerar que la queja está relacionada con actos que podrían constituir violencia política en razón de género, por lo que, estaba constreñido a actuar conforme a lo establecido en el Protocolo para Prevenir, Atender, Sancionar, Reparar el daño y erradicar los casos de violencia política contra las mujeres al interior de Morena.
Por lo que, al no notificar personalmente en el domicilio procesal señalado por las actoras, les negó la oportunidad de desahogar el requerimiento o manifestar lo que estimara conducente, lo que trajo como consecuencia que se desechara su queja.
En virtud de ello, se ordena a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena, la regularización del procedimiento sancionador, a partir del acuerdo de prevención y se realice la notificación, a las actoras, de manera personal en el domicilio señalado por éstas en su escrito de queja.
Acuerdos Plenarios
En la sesión se aprobó el Acuerdos Plenario TEE/PES/006/2022 propuesto por la Magistrada Alma Delia Eugenio Alcaraz en el que el Pleno determinó otorgar medidas de protección a favor de una ciudadana por presuntos actos que pueden configurar violencia política en razón de género.
Ello en cumplimiento a lo ordenado en la sentencia federal, así como a la solicitud de medidas de protección por parte de la denunciante, a efecto de poder ejercer su cargo para el que fue electa, en virtud de ello este Tribunal Electoral aprobó por mayoría de votos otorgar las medidas de protección a fin de repeler cualquier conducta dentro del Ayuntamiento, que menoscabe las funciones constitucionalmente encomendadas hasta en tanto se resuelva o dicte sentencia, momento en el cual, se determinará si se acreditan o no las alegaciones expuestas por la accionante.
En razón de ello, el Pleno ordenó a las ciudadanas y los ciudadanos denunciados, a acatar las medidas de protección que dictó en su momento la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana.
En la votación la Magistrada Hilda Rosa Delgado Brito emitió un voto particular (en contra), al señalar que no compartía algunas medidas que se tomaron como cautelares, al referir que a su consideración son de reparación integral, y que no estaban en el periodo procesal que deberían de ir, toda vez que se corre el riesgo de que juzgue dos veces el mismo caso.
TEE/JEC/041/2022
En tanto en el expediente TEE/JEC/041/2022, propuesto por la Magistrada Evelyn Rodríguez Xinol, el Pleno determinó declarar el cumplimiento del acuerdo plenario, relativo al JEC interpuesto por Yaneth Gutiérrez Izazaga, en calidad de regidora en funciones del Ayuntamiento de la Unión de Isidoro Montes de Oca; por el que impugnó la omisión del pago de una compensación.
En ese sentido, de las constancias que obran en autos, se advierte que tanto la autoridad responsable como las vinculadas, realizaron los actos encaminados a dar cumplimiento con lo ordenado por este tribunal, por lo tanto, en el proyecto de la cuenta se propone acordar la sentencia del 27 de octubre del 2022.
TEE/JLT/001/2020
Finalmente, en la sesión ordinaria, el Pleno de este Órgano Jurisdiccional aprobó por unanimidad de votos, el proyecto del expediente TEE/JLT/001/2020 propuesto por la Magistrada Alma Delia Eugenio Alcaraz, por el que el Pleno determinó declarar a Blanca Estela Meraza López y Rubén Emiliano Ruiz Meraza, como beneficiarios de todos los derechos laborales del extinto trabajador Ulices Ruiz Mendiola, así como condenar a la parte demandada al pago de algunas prestaciones y absolverla del pago de la indemnización reclamada por la actora.