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TEEGRO revoca acuerdo del IEPCGRO que negó el otorgamiento directo de prerrogativas al PRD Guerrero

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El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Guerrero (TEEGRO), aprobó por unanimidad de votos revocar el Acuerdo 213/SE/05-12-2024, emitido por el Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Guerrero (IEPCGRO), por no dar una respuesta clara y precisa a la solicitud realizada por el Partido de la Revolución Democrática Guerrero, relativa a entregarle directamente las prerrogativas a las que señaló, tiene derecho.

En su demanda, el PRD Guerrero argumentó que al obtener su registro como partido político con registro local, el IEPCGRO le otorgó el derecho de recibir prerrogativas por financiamiento público, por lo que le solicitó se le hiciera entrega directamente de las prerrogativas correspondientes a los meses de noviembre y diciembre de 2024; sin embargo, ese instituto electoral le respondió que las mismas le serían entregadas al liquidador del PRD nacional con la finalidad de no afectar el procedimiento de liquidación.

En la Sexta Sesión Pública de Resolución, las integrantes y el integrante del Pleno del TEEGRO resolvieron el proyecto del expediente TEE/RAP/060/2024, en el que se determinó declarar infundado por una parte y fundado por otra, el Recurso de Apelación promovido por el PRD Guerrero, ello en razón de que de manera confusa, el IEPCGRO entrelaza como si fueran una misma, las prerrogativas otorgadas al Partido de la Revolución Democrática Guerrero con registro local y, por otra, las prerrogativas a las que aún tiene derecho el entonces Partido de la Revolución Democrática con registro nacional, sin otorgar una respuesta clara y precisa a la solicitud de origen.

En virtud de ello, el Pleno de este Órgano Jurisdiccional determinó revocar el acuerdo impugnado, otorgando un plazo de tres días hábiles al Consejo General del IEPCGRO, para que emita uno nuevo en el que, atienda la solicitud que le hiciera el partido recurrente y le dé respuesta de manera clara y precisa, diferenciando en su fundamentación y motivación, las prerrogativas a las que el Partido de la Revolución Democrática como partido nacional en liquidación aún tenga derecho, de aquellas prerrogativas a las que determinó que “en derecho le corresponden al Partido de la Revolución Democrática Guerrero”.

Acuerdo Plenario

En la misma sesión, el Pleno de TEEGRO aprobó por unanimidad de votos declarar el cumplimiento de lo mandatado por este Tribunal Electoral al Juicio Electoral promovido por Ernesto Fidel Payán Cortinas, a través del cual, impugnó el acuerdo de la Comisión de Honestidad y Justicia de Morena, que declaró improcedente su queja intrapartidaria, al considerar que se actualizaba la causal de frivolidad.

Mediante sentencia, el catorce de noviembre del año anterior, este Tribunal revocó el acuerdo impugnado, y ordenó la reposición del procedimiento con el objeto de regularizar el asunto en cuestión y, en su oportunidad, se emitiera una resolución apegada a derecho; por lo que, al haber emitido una nueva resolución, se le tuvo a esa comisión por cumplida la sentencia, sin prejuzgar sobre la legalidad de la misma.

Resoluciones Laudo Convenio

Finalmente, en la sesión se aprobaron dos proyectos de Laudos Convenio Instituto con número de expediente TEE/LCI/001/2025 y TEE/LCI/009/2025, celebrados entre el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Guerrero y dos ex trabajadores, así como tres Laudos Convenio Tribunal con número de expediente TEE/LCT/004/2025, TEE/LCT/006/2025 y TEE/LCT/008/2025, ello al haber concluido las relaciones laborales que les unían.

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