El Tribunal Electoral del Estado no tiene plazos para resolver la impugnación sobre la elección de Chilpancingo-De las casi 100 impugnaciones presentadas ante el TEE se han resuelto apenas el 40 por ciento
La presidenta del Tribunal Electoral del Estado (TEE), Evelyn Rodríguez Xinol precisó que la ley no establece términos específicos para resolver la impugnación presentada por Morena tras la elección del ayuntamiento de Chilpancingo, luego de que ambos contendientes, tanto el del primer lugar, como el de segundo, se inconformaron.
Explicó que tanto el presidente municipal electo de Chilpancingo, por la alianza PRI-PRD-PAN, Alejandro Arcos Catalán, como, Jorge Salgado Parra, quien fue candidato del partido Morena, presentaron recursos de impugnación.
Al respecto, dijo que ese órgano electoral no tiene un plazo definido para emitir el dictamen, y que la resolución podría prolongarse hasta una semana antes del 30 de septiembre, fecha que rinden protesta las nuevas administraciones municipales.
Sobre ese caso, mencionó que la ponencia a cargo, obtiene de las instancias electorales, como el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC), el Instituto Nacional Electoral (INE) y el Consejo distrital local, los elementos de prueba que requiera para resolver la impugnación.
Entrevistada al término de una de las pocas sesiones en modalidad presencial de ese órgano electoral, Rodríguez Xinol negó que los medios de impugnación presentados por los partidos políticos, luego de la calificación de la elección, vayan a ser tratados fuera de tiempo.
“No estamos dejando al final los casos como el de Chilpancingo, no es así, la situación aquí es que tenemos que hacer las diligencias necesarias”, expresó la funcionaria electoral y corroborar las pruebas presentadas por las partes inconformes.
La presidenta del TEE agregó que hasta el momento se han presentado alrededor de 100 medios de impugnación por la elección del 2 de junio pasado, de los cuales, 40 han sido resueltas por las ponencias.
Sin embargo, dijo, de los casos resueltos por el órgano local, 20 han sido impugnados ante la Sala regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, y explicó que son derechos de los impugnantes acudir a otra instancia, “en la revisión hay algunas sentencias que nos modifican el sentido, y hay otras que nos confirman los criterios que adoptamos aquí”.